Comisión Antidopaje de Costa Rica defiende sanción de Figueroa
Desde Costa Rica se han pronunciado sobre el castigo del futbolista hondureño.
San José, Costa Rica. (HSI) – Desde el mismo país donde se ha generado la polémica en torno al caso de Henry Figueroa, la Comisión Antidopaje se ha pronunciado.
El Coordinador de la Comisión Antidopaje de Costa Rica, Juan Carlos Baldizón, se ha pronunciado sobre la dura sanción que puso la FIFA al hondureño Henry Figueroa.
Quien según él, en diciembre del 2019 se «negó» a someterse a una prueba de doping.
Henry Figueroa sancionado tras apelación de Juan Carlos Baldizón
Henry Figueroa fue sancionado a nivel mundial con cuatro años de suspensión de toda actividad relacionada con el fútbol a partir del 22 de junio de 2022 hasta el 22 de junio del 2024, tal como anunció la FIFA.
Baldizón dio una entrevista al portal tico, “La Teja”, y explicó a fondo por qué decidieron apelar la decisión donde Henry Figueroa había sido absuelto el 5 de octubre de 2021.
“Lo que nosotros hacemos como organización nacional antidopaje es abrir el procedimiento de investigación de una infracción antidopaje», comenzó diciendo.
En primera instancia a él se le absolvió, yo lo que hice fue que apelé la resolución y esa apelación la conoció una segunda instancia y resolvió efectivamente».
Revocación de la absolución antes dada
«Igual lo dice la FIFA, el 23 de septiembre, cuando nos notificó la resolución final del Tribunal Nacional de Apelaciones de Dopaje”, siguió diciendo Baldizón.
Y siguió: “Lo que hicieron es que revocaron la sentencia absolutoria y conocieron el caso otra vez, hacen un nuevo análisis, una nueva valoración de la prueba y consideraron que efectivamente, el deportista incurrió en las dos faltas que nosotros veníamos acusando”.
Sobre las infracciones que cometió Figueroa, el coordinador de la Comisión Antidopaje dijo: “Él viola el Código Mundial Antidopaje, la norma 2.3 al incumplir con la obligación de dar la muestra».
Agrega que el rechazo de dar la muestra a un oficial de control antidopaje acreditado y la otra la manipulación de información al momento de brindar la muestra.
Información fraudulenta también se brindó
Además agregó: “Dio información fraudulenta (muerte de su mamá); el tribunal analizó el caso de nuevo y vio que efectivamente la información era fraudulenta e impone la sanción, por las dos infracciones”.
Hay que mencionar que Henry Figueroa aún puede apelar a este nuevo castigo que ha recibido por parte de FIFA, tal como lo informa Baldizón.
«Yo lo que le puedo indicar es que el fallo está muy bien sustentado, dentro de la fundamentación se citan resoluciones del arbitraje internacional de otros deportistas», enriqueció sus argumentos.
Se mantienen criterios de jurisprudencia del 2012 y 2016 y se cita una reciente del nadador chino Sun Yang, quien también se opuso a hacerse la prueba doping.
Este término de «supuesto positivo» está mal usado, porque cuando una muestra se va al análisis por la Agencia Mundial Antidopaje viene un examen en donde dice que la muestra que fue tomada contiene sustancias prohibidas.
El artículo 2.1 dice que cuando no hay toma de muestra, pero hay una infracción, se conoce como casos no analíticos y este es un caso no analítico, porque no se pudo recoger la muestra.